Estado del proceso:
Sentencia de primera instancia (30 de junio de 2025). Apelación formalmente admitida y activa ante la Corte Nacional de Justicia. Presunción de inocencia vigente bajo el ordenamiento ecuatoriano y los estándares internacionales (Art. 76.2 CRE, Art. 11 DUDH, Art. 8.2 CADH).



Forjaron una sentencia para condenar por motivos políticos.

Aquí las pruebas debidamente documentadas.

Documentos oficiales del CPCCS, SERCOP, Ministerio de Finanzas, BID e INTERPOL desmienten la condena. Mientras tanto, los gobiernos que retiraron USD 413 millones del Fondo de Solidaridad después de nuestra gestión no fueron juzgados.



El 16 de abril de 2016, un terremoto de magnitud 7.8 destruyó parte de Manabí y Esmeraldas. El Estado ecuatoriano creó por decreto un Comité de Reconstrucción para coordinar la recuperación. Casi una década después, dos miembros de ese proceso — el ex Vicepresidente Jorge Glas (Presidente del Comité) y el ex Secretario Técnico Carlos Bernal — fueron condenados en primera instancia por peculado, con una sentencia que está bajo apelación activa.

Esta página no argumenta inocencia. Documenta lo que las pruebas oficiales y la propia sentencia dicen — y deja que el lector saque sus propias conclusiones.




Cronología del caso

Desde el terremoto del 16-A hasta la sentencia de primera instancia. Cada hito documentado con su fecha y fuente procesal.

16 de Abril 2016

Terremoto de Magnitud 7.8 en Ecuador

Un terremoto de magnitud 7.8 golpea Manabí y Esmeraldas. El gobierno decreta estado de excepción e inicia acciones urgentes para atender la emergencia.

26 de Abril 2016

Creación del Comité de Reconstrucción

Se crea el Comité de Reconstrucción y Reactivación mediante el Decreto Ejecutivo 1004. Presidido por el Vicepresidente Jorge Glas; Carlos Bernal como Secretario Técnico. Propósito: coordinar acciones públicas, privadas e institucionales.

20 de Mayo 2016

Ley Orgánica de Solidaridad

Entra en vigencia la Ley Orgánica de Solidaridad que permite recaudar más de USD 1.580 millones en 3 años para obras de emergencia, reconstrucción y reactivación.

2016 – 2018

Ejecución de más de 600 proyectos

Múltiples entidades ejecutan obras. Jorge Glas presidió el Comité hasta junio de 2017; Carlos Bernal lideró la Secretaría Técnica hasta marzo de 2018. En este periodo se ejecuta el 60% del plan de reconstrucción.

25 de Abril 2019

Denuncia penal del CPCCS-T

El CPCCS-T presenta una denuncia penal por supuestos abusos en el uso de fondos. Se inicia investigación previa por parte de la Fiscalía.

9 de Mayo 2019

Informe de Contraloría

La Contraloría remite un informe con indicios de responsabilidad penal, sin concluir en perjuicio ni apropiación personal.

Abril 2021

⚠️ Vencimiento del plazo del Art. 585 COIP

Se cumple el plazo máximo legal de 2 años para la investigación previa (Art. 585 COIP), sin que se formule cargos ni se archive. La investigación se mantuvo abierta hasta enero de 2024 — violación directa del COIP.

30 de Mayo 2023

Fiscalía unifica expedientes

La Fiscalía unifica expedientes y continúa investigando fuera de plazo legal. Se acumulan más de 80.000 documentos, sin control judicial efectivo.

1 de Junio 2023

Fiscalía solicita formulación de cargos

Fiscalía solicita fecha para formular cargos, sin contar con una sola pericia técnica que demuestre perjuicio, apropiación ni desvío de fondos.

5 de Enero 2024

Formulación de cargos por peculado

Se formulan cargos por peculado contra Jorge Glas, Carlos Bernal y Pablo Ortiz. La acusación se basa en una supuesta mala «priorización de proyectos», sin evidencia de apropiación indebida.

12 de Abril 2024

9 procesados y 120 testigos

Se vincula a seis personas más. La Fiscalía anuncia carga procesal excesiva: más de 120 testigos y peritos, con un expediente de más de 80.000 documentos.

20 de Diciembre 2024

Audiencia preparatoria de juicio

Inicia la audiencia preparatoria. Los jueces no otorgan tiempo suficiente para revisar la prueba documental, afectando gravemente el derecho a la defensa.

19 de Mayo 2025

Auto de llamamiento a juicio

El tribunal dicta auto de llamamiento a juicio contra solo Glas y Bernal. Se sobresee a los demás acusados. No se demuestra perjuicio económico ni enriquecimiento.

17 de Junio 2025

Inicia la audiencia de juicio

A pesar de contradicciones en testigos y pericias que favorecen a la defensa, el tribunal permite avanzar el proceso.

30 de Junio 2025

Sentencia condenatoria — 13 años

La Corte Nacional dicta sentencia condenatoria a 13 años de prisión contra Jorge Glas y Carlos Bernal, sin pruebas materiales ni daño comprobado al Estado. La defensa apela formalmente.

Actualidad

Apelación activa ante la CNJ

Recurso de apelación formalmente admitido. Sentencia no ejecutoriada. Presunción de inocencia vigente. Audiencia de apelación pendiente de fijación.


Lo que dice la acusación vs. lo que dicen los documentos

Cada afirmación de la acusación, contrastada con prueba oficial. Los documentos están públicamente disponibles para descarga directa.

Afirmación de la acusación Lo que dice la propia sentencia Lo que dicen los documentos oficiales Prueba
1. Se adjudicaron contratos públicos a empresas vinculadas a familiares de los procesados. «contratación que sorprendentemente terminaba siendo adjudicada, en algunos casos, a los familiares de Carlos Bernal»
(párrafo 364)
El SERCOP — organismo rector de la contratación pública — certifica que CONCRENOR (CONSTRUHIDROCAB CIA. LTDA., RUC 1391768346001) no registra ningún procedimiento adjudicado ni finalizado en toda la historia del sistema nacional.

El propio CPCCS — la institución que presentó la denuncia — fue ordenado por una jueza constitucional (Hábeas Data 13959-2023-00142) a producir los contratos de su denuncia y respondió oficialmente: «NO existe contrato alguno.»

Ni Glas ni Bernal tenían facultad legal de adjudicar contratos — esa función correspondía exclusivamente a las entidades ejecutoras.

📄 Certificado SERCOP
📄 Memo CPCCS
2. Por construir un parque, se dejaron sin financiamiento viviendas para las víctimas. «obras innecesarias… fondos no usados en favor de las víctimas… escuelas móviles y no escuelas construidas»
(párrafo 375)
El Ministerio de Finanzas certifica que al corte de febrero 2020 el saldo disponible era de USD 766.55 millones. Había recursos para los parques y para las viviendas. La sentencia misma documenta 4.117 viviendas construidas y el cierre del último albergue. El perito de la Fiscalía certificó impacto económico positivo de los proyectos. No hubo desplazamiento financiero — los proyectos coexistieron. 📄 Fuentes de Financiamiento (Min. Finanzas)
3. Glas y Bernal controlaron los fondos y dirigieron la contratación de obras. «Carlos Bernal tenía atribuciones que ni la ley le daba«
(párrafo 364) — la propia sentencia reconoce que la ley no le otorgó esas funciones, y aun así condena.
El Decreto Ejecutivo 1004 define con precisión las funciones de cada rol: Glas presidía el Comité y tenía voto; Bernal sistematizaba proyectos sin voto. Ninguno de los dos firmaba contratos, manejaba cuentas, ni ordenaba pagos. Esas funciones correspondían exclusivamente a las entidades ejecutoras (MTOP, SECOB, INMOBILIAR, Ecuador Estratégico) y al Ministerio de Finanzas. El auditor de Contraloría — testigo de la propia Fiscalía — confirmó bajo juramento (sentencia ¶367) que es el Ministerio de Finanzas quien desembolsa los recursos. 📄 Decreto Ejecutivo 1004
📄 Fuentes de Financiamiento
4. La sesión del 22 de mayo de 2017 fue improvisada y sin planificación. La sentencia admitió en el expediente la convocatoria oficial y la notificación posterior (párrafo 233) — pero nunca los valoró ni los mencionó en la motivación. Ese silencio es el vicio probatorio. Era la 6ª sesión del Comité (no la única). Convocatoria oficial con 72 horas de anticipación. 8 de 10 miembros con quórum. Agenda de 7 puntos incluyendo el informe trimestral a la Asamblea Nacional. 75 fojas de soporte técnico adjuntas. El testimonio de Katty Dueñas — funcionaria que notificaba a los miembros — documentó el procedimiento parlamentario completo: convocatoria, sesión, notificación posterior con anexos. 📄 Convocatoria oficial
📄 Acta del Comité
5. Hubo opacidad y «despilfarro del dinero del pueblo.» «fondos destinados a las víctimas… no se usaron en favor de ellas… despilfarro del dinero entregado por la ciudadanía»
(párrafo 375) — la sentencia leyó en juicio los informes trimestrales a la Asamblea Nacional (¶233) pero no los valoró en la motivación.
La Secretaría Técnica presentó informes trimestrales obligatorios a la Asamblea Nacional sin recibir una sola observación por falta de transparencia. La información financiera fue publicada en el sitio del Ministerio de Finanzas con acceso universal. El BID — financiador del eje de emergencia — calificó públicamente el proceso como «historia de éxito en la región» (711 escuelas, 412.000 alumnos, plazo de 180 días cumplido). 📄 Fuentes de Financiamiento
📺 Video oficial BID



Los números que la sentencia no refuta

0
contratos firmados por Glas o Bernal

0
fondos administrados por los procesados

USD 766M
de saldo disponible (feb. 2020)

711
escuelas reparadas (datos BID)

412K
alumnos beneficiados (BID)

26.200
soluciones de vivienda entregadas hasta 2017

180
días — plazo cumplido (BID)



Los roles según el Decreto Ejecutivo 1004

La acusación se sostiene sobre una confusión que el tribunal nunca aclaró: la diferencia entre priorizar proyectos y adjudicar contratos. El Decreto Ejecutivo 1004 — la norma que creó el Comité de Reconstrucción — define con precisión las funciones de cada rol. Ninguna de esas funciones incluye firmar contratos ni manejar fondos.

Atribución según el Decreto 1004 Jorge Glas
Presidente del Comité
Carlos Bernal
Secretario Técnico
Voto en el Comité ✅ Sí (con voto) ❌ NO — sin voto
Convocar y presidir sesiones ✅ Sí — (asistía como secretario)
Suscribir actas del Comité Como presidente Como secretario
Sistematizar y dar seguimiento a proyectos ✅ Función exclusiva
Firmar contratos ❌ NO ❌ NO
Manejar cuentas y ordenar pagos ❌ NO ❌ NO
Determinar formas de contratación ❌ NO ❌ NO

Las filas resaltadas son funciones excluidas del Comité por su propia norma de creación. La capacidad contractual estuvo siempre en las entidades ejecutoras: MTOP, SECOB, INMOBILIAR y Ecuador Estratégico. El manejo de fondos fue siempre del Ministerio de Finanzas — confirmado bajo juramento por el auditor de Contraloría que testificó para la Fiscalía.

El peculado (Art. 278 COIP) requiere que el procesado administre, custodie o maneje los fondos. Ninguno de los procesados cumplía esas tres funciones. La sentencia reconoce esto en el párrafo 364 — y aun así condena, especulando que las funciones se ejercían «de facto». El Art. 34 COIP prohíbe expresamente la responsabilidad objetiva: no se puede condenar por la posición que se ocupa, sino por actos específicos demostrados.



Lo que dice el BID — el financiador y auditor internacional

«El trabajo que hicimos en Ecuador es hoy una historia de éxito en la región. Ayudamos a todo un país a ponerse de pie.»

— Banco Interamericano de Desarrollo, video oficial (357.000+ vistas)

El BID financió específicamente el eje de emergencia de la reconstrucción: demoliciones, escuelas, agua potable, alcantarillado y reparación de vías. Más importante: el BID realizó auditorías recurrentes en tiempo real de las obras que financió. Eso fue confirmado bajo juramento por el auditor de la Contraloría en el juicio (sentencia ¶357).

Cuando la defensa preguntó el resultado de esa auditoría, la respuesta del tribunal fue: «impertinente.» El resultado de la auditoría más objetiva sobre las obras — realizada por la institución multilateral que las financió — fue excluido del expediente.

▶ Ver video oficial del BID



INTERPOL rechazó la solicitud de difusión roja

En enero de 2024, Ecuador solicitó a INTERPOL la emisión de una difusión roja (alerta roja internacional) contra Carlos Bernal. La defensa presentó ante la Comisión para el Control de los Archivos (CCF) de INTERPOL los elementos del proceso, incluyendo: contexto de persecución política a ex funcionarios del gobierno de Correa, violaciones documentadas al debido proceso, e informes del Relator Especial de la ONU sobre la falta de independencia judicial en Ecuador.

En marzo de 2025, INTERPOL certificó oficialmente que Carlos Bernal no es sujeto de ninguna alerta o difusión en sus sistemas. La solicitud de Ecuador no fue procesada — consistente con la prohibición del Artículo 3 del Estatuto de INTERPOL sobre solicitudes de cooperación policial con motivación política.

La decisión de la CCF de INTERPOL constituye un reconocimiento implícito de que el proceso penal ecuatoriano carece de credibilidad jurídica y base legítima para la cooperación policial internacional.



¿Qué pasó con los fondos después? La selectividad de la persecución

La sentencia construye su narrativa emocional sobre el «despilfarro del dinero del pueblo.» Sin embargo, los fondos que efectivamente se retiraron del Fondo de Solidaridad para fines no relacionados con la reconstrucción ocurrieron después de la gestión Bernal-Glas, por gobiernos posteriores, sin proceso penal alguno.

Año Gobierno Acción sobre los fondos Monto Juicio penal
2016-2018 Comité de Reconstrucción Ejecución de obras auditadas por el BID ~$1.477M ejecutados 13 años + USD 250M
2018 Moreno Retiro para pagar deudas operativas del gobierno ~USD 300M Ninguno
2020-2023 Lasso Retiro definitivo para el Plan Nacional de Vacunación COVID USD 113M Ninguno
2023-presente Noboa Despriorización de proyectos de reconstrucción Cientos de millones Ninguno

El dinero del pueblo que la sentencia lamenta que no llegó a las víctimas fue retirado después — por otros, para otros fines — sin consecuencias penales. Solo los ex funcionarios del gobierno anterior fueron condenados.



Documentos oficiales — Acceso directo

Estos son los documentos fundamentales del caso. Cada uno está disponible para descarga directa. Para el repositorio completo, visite la página de Documentos Oficiales.



Sin contratos. Sin perjuicio. Sin pruebas. Con sentencia.

Este sitio se mantiene como registro público y permanente de los documentos del caso. La defensa continúa ante la Corte Nacional de Justicia.

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